Artículo 1°.- Créase el Cantón Yawisla, en la jurisdicción de la provincia Nor Chichas del departamento de Potosí, cuyos limites son: Al Norte, con los cantones Ayoma y Otavi; de las provincias Nor Chichas y Linares, respectivamente; al Sud con el cantón Callcha; al Este con la segunda sección municipal de San Lucas, Provincia Nor Cinti; y al Oeste, con Vitichi, capital de la segunda sección municipal de la provincia Nor Chichas, sobre la base de las siguientes comunidades: 1) Pacheco, 2) Ampa Pampa, 3) Surmaychi, 4) Caizilla, 5) Tusquiña y 6) ñoqueoza.
Artículo 2°.- De conformidad a lo dispuesto por el artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar las delimitaciones fijar los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 636, 20 de septiembre de 1984 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón Yawisla, créase en la Provincia nor chichas, Potosí | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1984 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=636 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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