Artículo 1°.- Créase la tercera sección municipal en la jurisdicción de la provincia Capinota del departamento de Cochabamba, con su capital Sicaya, integrada por las siguientes poblaciones cantón Orcoma; comunidades: Corata, Anacaya, Cullpani, Huancarani, Vilayaque, Challuma, Sotasa, Pampa Hira, Chiquiloma, Caracara, Suicu-Pujro, Kanwallani, Liquimpaya, Villcoma, Sicaya Chico, Umani, Tajra, Waca Plasa, Alconi, Chojña Pampa, Kollpa Khasa, Capillani, Pucra y Wila-Pampa.
Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción a crearse son: al norte, con la provincia Quillacollo; al sur y oeste, con la provincia Arque; y al este, con la capital de la provincia Capinota y el cantón Apillapampa.
Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones correspondientes y fijar los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 631, 31 de agosto de 1984 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Sección municipal 3a, créase en la Provincia Capinota, Cochabamba, capital Sicaya | ||||
Keywords | Ley, agosto/1984 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=631 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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