Artículo 1°.- Créase la segunda sección municipal, con su capital Curva, en la Provincia Bautista Saavedra del Departamento de La Paz, sobre la base de los siguientes Cantones: Puli, Kapna, Calaya, Upinuaya, Lagunillas, Comzaya, Taipi-Cañuma; teniendo los siguientes límites: al Norte, con la Provincia Franz Tamayo; al Sur, con el Cantón Gral. Juan José Pérez; al Este, con el Cantón San Miguel de Chullina; y al Oeste, con la Provincia Franz Tamayo.
Artículo 2°.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las demarcaciones y consiguiente colocación de hitos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 546, 13 de mayo de 1983 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Sección municipal 2a, créase de la Provincia Bautista Saavedra, La Paz, capital curva | ||||
Keywords | Ley, mayo/1983 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=546 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRET AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Héctor Ormachea Peñaranda, Senador Secretario.- H. Luis Peláez Rioja, Senador Secretario.- H. Willy Vargas Vacaflor, Diputado Secretario.- H. Pablo Steimbach Moreno, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Mario Roncal Antezana, Ministro del Interior, Migración y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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