Artículo 1°.- Créase el cantón San Felipe de Challa, ubicado en la jurisdicción de la provincia Gualberto Villarroel del departamento de La Paz, sobre la base de las comunidades Socavón de Cruzani y Copacabana, cuyos límites son los siguientes: al norte, con el cantón Circa Cruzani; al sur, con la ex hacienda Llallagua; al este, con el cantón La Joya; al oeste, con la ex hacienda de Angulo.
Artículo 2°.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6º de Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950 queda encargado de efectuar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 536A, 6 de octubre de 1982 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón San Felipe de challa. Créase la Provincia Gualberto Villarroel, La Paz | ||||
Keywords | Ley, octubre/1982 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=536A | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Walter Guevara Arze, PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES.- H. José Zegarra Cerruto, PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS, H. Benjamín Miguel Harb. SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Añez Gonzales., SENADOR SECRETARIO.- Jorge Alderete Rosales, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Justiniano Ninavia Colque, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Lydia Gueiler Tajada, PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA.- Antoni Arnéz Camacho.- MINISTRO DEL INTERIOR, MIGRACION Y JUSTICIA. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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