Bolivia: Ley Nº 524, 31 de marzo de 1980

LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase a la Corporación de Desarrollo de La Paz, la construcción, instalación y puesta en marcha del Ingenio Azucarero de San Buenaventura, base de un Complejo Agro-Industrial, en la Provincia Iturralde del Departamento de La Paz.

Artículo 2°.- Para la viabilización inmediata de este Proyecto, la Corporación de Desarrollo de La Paz, deberá proseguir con las gestiones pertinentes, a objeto de obtener la provisión de los equipos y materiales necesarios en su fase final de puja abierta, para la instalación del Ingenio Azucarero del San Buenaventura.

Artículo 3°.- Se faculta al Poder Ejecutivo, autorizar al Banco Central de Bolivia, conceda los avales que requiera la Corporación de Desarrollo de La Paz con destino a esta obra.

Artículo 4°.- Se declaran nulas las concesiones de tierras en la Provincia Iturralde del Departamento de La Paz, que no hayan cumplido la Ley de Reforma Agraria y se revierten a favor del Estado.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines Constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 7 de marzo de 1980.
Fdo. H. Walter Guevara Arze, PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Benjamin Miguel Harb., SENADOR SECRETARIO.- H. William Bluske Castellanos, SENADOR SECRETARIO.- H. Gustavo Villagas Cortes, PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS. Jorge Alderete Rosales, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Justiniano Ninavia, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto: De conformidad por lo prescrito por el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Legislativo en la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos ochenta años.
Fdo. Jose Zegarra Cerruto, PRESIDENTE DEL HONORABLE CONGRESO NACIONAL- Benjamín Miguel Harb.- CONGRESAL SECRETARIO.- H. Jaime Villegas Duran, CONGRESAL SECRETARIO

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 524, 31 de marzo de 1980
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioIngenio azucarero de San buenaventura. Se autoriza a CORDEPAZ la construcción instalación y puesta en marcha del ingenio, base de un complejo agroindustrial, en la Provincia Iturralde, La Paz
KeywordsLey, marzo/1980
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=524
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Walter Guevara Arze, PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Benjamin Miguel Harb., SENADOR SECRETARIO.- H. William Bluske Castellanos, SENADOR SECRETARIO.- H. Gustavo Villagas Cortes, PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS. Jorge Alderete Rosales, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Justiniano Ninavia, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jose Zegarra Cerruto, PRESIDENTE DEL HONORABLE CONGRESO NACIONAL- Benjamín Miguel Harb.- CONGRESAL SECRETARIO.- H. Jaime Villegas Duran, CONGRESAL SECRETARIO
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.