Bolivia: Ley Nº 461, 24 de enero de 1969

RENÉ BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la cuarta sección municipal de la provincia Loayza del departamento de La Paz, con su capital MALLA.

Artículo 2°.- De conformidad con el artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituo Geográfico Militar se hará cargo de la correspondiente delimitación.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 18 de diciembre de 1968.
Fdo. Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Senado Nacional; Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario; Mario Olaguivel Cassón, Senador Secretario; Germán Vargas Martínez, Diputados Secretario; Alfredo Calvo Vera, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días dell mes de enero de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. RENÉ BARRIENTOS ORTUÑO

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 461, 24 de enero de 1969
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCrea cuarta sección municipal de la Provincia Loayza del Departamento de La Paz
KeywordsLey, enero/1969
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=461
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Senado Nacional; Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario; Mario Olaguivel Cassón, Senador Secretario; Germán Vargas Martínez, Diputados Secretario; Alfredo Calvo Vera, Diputado Secretario. FDO. RENÉ BARRIENTOS ORTUÑO
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

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