Bolivia: Ley Nº 420, 20 de noviembre de 1968

Ley Nº 420
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase a la Prefectura del Departamento de La Paz, a contratar créditos externos o internos hasta la suma de DIECIOCHO MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS ($b.18.000.000) o su equivalente en dólares americanos, para el financiamiento de obras públicas de las provincias del departamento, destinándose el 70% para las provincias productoras de minerales.

Artículo 2°.- Se garantiza este crédito con la participación que percibe la Prefectura del Departamento por concepto de regalías mineras, de conformidad con las leyes de 29 de noviembre de 1960, 326, de 10 de febrero de 1967 y de 3 de noviembre de 1967, relativa a la expropiación de terrenos adyacentes al río Choqueyapu, entubamiento del mismo y construcción de una vía troncal encima.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 11 de noviembre de 1968.
FDO. Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Congreso Nacional, Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Congresal Senador Secretario, Alberto Salcedo Pizarroso, Congresal Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Congresal Diputado Secretario, Wálter Morales Aguilar, Congresal Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y ocho años.
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Presidente Constitucional de la República, Cap. David Fernández Viscarra, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración, Dr. Víctor Hoz de Vila V., Ministro Secretario.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 420, 20 de noviembre de 1968
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase a la Prefectura del Departamento de La Paz, a contratar créditos externos o internos hasta la suma de DIECIOCHO MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS
KeywordsGaceta 428, Ley, noviembre/1968
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/22848
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 428, 202106f.lexml
CreadorFDO. Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Congreso Nacional, Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Congresal Senador Secretario, Alberto Salcedo Pizarroso, Congresal Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Congresal Diputado Secretario, Wálter Morales Aguilar, Congresal Diputado Secretario.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-326] Bolivia: Ley Nº 326, 10 de febrero de 1967
Modifica el art. 1° de la ley no. 29 de 8 de noviembre de 1960, relativas a las regalías sobre producción minera
[BO-L-420] Bolivia: Ley Nº 420, 20 de noviembre de 1968
Autorízase a la Prefectura del Departamento de La Paz, a contratar créditos externos o internos hasta la suma de DIECIOCHO MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS

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