Artículo 1°.- Transfiérase a titulo gratuito a la Universidad Técnica del Beni, Gral. José Ballivián, la Estación Experimental Trinidad, con todos sus bienes semovientes, muebles e inmuebles, mejoras, dependencias e instalaciones.
Artículo 2°.- Su financiamiento y administración continuará a cargo del Ministerio de Agricultura y Ganadería, hasta que la Universidad José Ballivián requiera su posesión, cuyo plazo no podrá exceder de dos años. El Comité Pro Universidad Técnica del Beni, goza del derecho de fiscalización e inventariación
Norma | Bolivia: Ley Nº 395, 26 de enero de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Transfiriendo a la universidad técnica del Beni la estación experimental de Trinidad | ||||
Keywords | Ley, enero/1968 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=395 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo.- Hugo Bozo Alcocer, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Víctor Quinteros Rasguido Senador Secretario; José Calderón Llerena, Diputado Secretario; Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario. FDO. LUIS ADOLFO SILES SALINAS | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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