Bolivia: Ley Nº 3889, 18 de junio de 2008

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declarase de prioridad nacional y departamental la ejecución del asfaltado del tramo carretero La Joya - Chuquichambi - Huayllamarca - Totora - Curahuara de Carangas del Departamento de Oruro, declarado por la Ley Nº 3020 como par-te de la Red Fundamental.

Artículo 2°.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Oruro conjuntamente la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), gestionar los recursos necesarios para su ejecución.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de junio de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Roxana Sandoval Román.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil ocho años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Oscar Coca Antezana.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3889, 18 de junio de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclara de prioridad nacional y departamental la ejecución del asfaltado del tramo carretero La Joya - Chuquichambi - Huayllamarca - Totora - Curahuara de Carangas del Departamento de Oruro, declarado por la Ley N° 3020 como parte de la Red Fundamental
KeywordsLey, junio/2008
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3889
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Roxana Sandoval Román. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Oscar Coca Antezana.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-3020] Bolivia: Ley Nº 3020, 13 de abril de 2005
Declárase como necesidad y prioridad nacional la inclusión dela carretera Oruro - La Joya - Chuquichambi - Huayllamaraca - Totora - Curahuara como la parte de la Red Vial Fundamental de Caminos

Referencias a esta norma

[BO-DS-N4869] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4869, 25 de enero de 2023
El presente Decreto Supremo tiene por objeto:

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