Artículo 1°.- Declárase como necesidad y prioridad nacional la inclusión de la carretera Oruro - La Joya- Chuquichambi - Huayllamarca - Totora - Curaguara como la parte de la Red Vial Fundamental de Caminos.
Artículo 2°.- Se encomienda al Poder Ejecutivo obtener financiamiento interno o externo para dicha carretera bioceánica.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3020, 13 de abril de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declárase como necesidad y prioridad nacional la inclusión dela carretera Oruro - La Joya - Chuquichambi - Huayllamaraca - Totora - Curahuara como la parte de la Red Vial Fundamental de Caminos | ||||
Keywords | Ley, abril/2005 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3020 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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