Artículo 1°.- El Ministerio de la Presidencia asume las competencias asignadas al exMinisterio de Desarrollo Sostenible y Planificación establecidas en la Ley Nº 2150 de 20 de noviembre de 2000, sus reglamentos y normas conexas.
Artículo 2°.-
“Los procesos administrativos de creación, reposición, supresión y delimitación de departamentos, provincias, secciones y cantones tendrán un plazo máximo de hasta trescientos (300) días hábiles, por instancia, computables desde el día de la presentación del memorial de solicitud.”
Norma | Bolivia: Ley Nº 3600, 12 de enero de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | El Ministerio de la Presidencia asume las competencias asignadas al ex Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación establecidas en la Ley N° 2150 de 20 de noviembre de 2000 | ||||
Keywords | Ley, enero/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3600 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chinnos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi. FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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