Artículo 1°.- En ejercicio de la atribución 8º del artículo 59 de la Constitución Política del Estado y con cargo al Fondo Nacional de Edificaciones Escolares, autorízase al Poder Ejecutivo la adquisición o construcción de dos locales escolares, dando ejecución a los puntos primero y segundo del convenio firmado el de 2 agosto de 1967 entre el Ministserio de Educación y las Federaciones de Estudiantes de Secundaria y Maestros Urbanos del departamento de Santa Cruz.
Artículo 2°.- Uno de los referidos inmuebles será destinado al funcionamiento del Colegio “Gastón Guilleaux” y al Liceo “Josefina Gotia” en la ciudad de Santa Cruz. El segundo local será para el Colegio Secundario de la ciudad de Montero, capital de la Provincia Santiesteban del citado Departamento.
Norma | Bolivia: Ley Nº 334, 24 de septiembre de 1967 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza al poder ejecutivo adquirir o construir dos locales escolares en cumplimiento a los puntos primero y segundo del convenio firmado el 2-viii-67 entre el Ministerio de educación y las federaciones de estudiantes de secundaria y maestros urbanos d | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1967 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=334 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra., Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Victor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; Germán Vargas Martinez, Diputado Secretario; José Calderón Llerena, Diputado Secretario. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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