Artículo 1°.- Ratificar la declaratoria de prioridad nacional y departamental, la construcción y asfaltado del tramo caminero Unduavi - Chulumani de la Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz, con una longitud de 74 Km. y que forma parte de la Red Departamental, conectada directamente a la Red Fundamental de Integración Vial Interdepartamental e Internacional.
Artículo 2°.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 5a, de la Constitución Política del Estado, autorízase al Poder Ejecutivo, a través de la Prefectura del Departamento de La Paz, a licitar o contratar la construcción (asfaltado) y supervisión de la carretera Unduavi - Chulumani, con financiamiento, sea éste privado y/o de organismos financieros nacionales, internacionales, multilaterales o de las líneas de Crédito Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) o PROEX del Brasil.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2837, 10 de septiembre de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ratificar la declaratoria de prioridad nacional y departamental, la construcción y asfaltado del tramo caminero Unduavi-Chutumani de la Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz | ||||
Keywords | Ley, septiembre/2004 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2837 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo P., Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo. Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Urquidi Barrau, Diego Montenegro Ernst. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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