Bolivia: Ley Nº 262, 23 de noviembre de 1963

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Provincia Saucarí en el departamento de Oruro, en base a los ayllus Villa Toledo. La nueva provincia comprenderá los siguientes cantones: Caucarí, Chuquiña, Challavito, Culluri, Chokarasi, Catuyo, Untavi y Kari; y las poblaciones de Kollpauma, Kisiñolca, Jauso, Sikia, Ullami, Cruzpata, Chiallcruz, Machamarca, Pastogrande y Tres Cruces.

Artículo 2°.- Elévase a rango de cantones las poblaciones de Saucarí, Chuquiña, Challavito, Culluri, Chokarasi, Catuo, Untavi y Kara Kari, para que integren la nueva provincia Saucarí, con sus respectivas compensaciones actuales.

Artículo 3°.- En conformidad al artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado el Instituto Militar para efectuar las operaciones del delimitación de la provincia Caucarí.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 8 de noviembre de 1963.
Fdo. José H. Vilar, Presidente del H. Senado Nacional; Juán Sanjinés Ovando, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Jesús Suárez, Diputado Secretario; Oscar Arze Sahonero, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y tres años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 262, 23 de noviembre de 1963
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCrea la Provincia Saucaria en el Departamento de Oruro, con su capital villa de Toledo
KeywordsLey, noviembre/1963
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=262
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. José H. Vilar, Presidente del H. Senado Nacional; Juán Sanjinés Ovando, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Jesús Suárez, Diputado Secretario; Oscar Arze Sahonero, Diputado Secretario.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

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