Artículo 1°.- De conformidad al Artículo 59°, numeral 7 de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Universidad Autónoma “Gabriel René Moreno” de Santa Cruz, la venta del edificio de su propiedad “Ex área Comercial Y.P.F, B”, ubicado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra en las calles Chuquisaca y Saavedra, los recursos económicos a percibir, se destinarán a la construcción de la Ciudad Universitaria, de conformidad a la Ley Nº 1108, de 22 de septiembre de 1989.
Artículo 2°.- La venta de dicho inmueble, deberá ajustarse a 10 establecido en las Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios.
Artículo 3°.- La Ciudad Universitaria, se construirá en predios de propiedad de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, ubicados en la Unidad Vecinal 32 de la ciudad de Santa Cruz. de la Sierra, cuyos limites son: Al Norte con la Av. Busch, al Sud Av. Centenario, al Este Av. 26 de febrero y al Oeste con la calle perimetral, con una superficie de 589, 346 rnt2.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2402, 31 de julio de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza a la Universidad Autónoma "Gabriel Rene Moreno" de Santa Cruz, la venta del edificio de su propiedad "Ex Area Comercial Y.P.F.B", ubicado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra | ||||
Keywords | Ley, julio/2002 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2402 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Felix Alanota Gonzáles, Ruben Poma Rojas, Fernando Rodriguez Calvo, Juan Huanca Colque. Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Leytón Avilés, Jacques TrigO Loubiere, Amalia Anaya Jaldin. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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