Bolivia: Ley Nº 1108, 22 de septiembre de 1989

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara de prioridad nacional, el proyecto de creación de la ciudad Universitaria “Gabriel René Moreno” en todo el área de sus terrenos señalados por oficinas del Plan Regulador, comprendidas en la U. V. 32 del plano de la cidudad de Santa Cruz, cuyos límites son: Al norte, con Av. Busch; al Sud, Av. Universidad; al Este, Av. 26 de Febrero, y al Oeste, con el 3° Anillo de Circunvalación con una superficie de 589.346 m2, adicionales a los terrenos del Campus Universitario propios de su pertenencia.

Artículo 2°.- Se autoriza la contratación y financiamiento nacional o extranjero, a la U. A. G. R. M., con garantía del Estado por intermedio del Banco Central de Bolivia, con destino a la obra y construcción de la Ciudad Universitaria.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 19 de septiembre de 1989.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Leopoldo Fernández Ferreira, SENADOR SECRETARIO.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspiñeiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Eduardo Garcia Suárez, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Dr. Mariano Baptista Gumucio, MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1108, 22 de septiembre de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCiudad universitaria Gabriel Rene moreno. Declárese de prioridad nacional el proyecto de su creación
KeywordsLey, septiembre/1989
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1108
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Leopoldo Fernández Ferreira, SENADOR SECRETARIO.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspiñeiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Eduardo Garcia Suárez, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Dr. Mariano Baptista Gumucio, MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA.
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Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-L-2402] Bolivia: Ley Nº 2402, 31 de julio de 2002
Se autoriza a la Universidad Autónoma "Gabriel Rene Moreno" de Santa Cruz, la venta del edificio de su propiedad "Ex Area Comercial Y.P.F.B", ubicado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra
[BO-L-N1108] Bolivia: Ley Nº 1108, 5 de octubre de 2018
04 DE OCTUBRE DE 2018.- Ratifica el “Protocolo relativo a una enmienda al Convenio sobre Aviación Civil Internacional [Artículo 50 a)]” y el “Protocolo relativo a una enmienda al Convenio sobre Aviación Civil Internacional [Artículo 56]”, ambos firmados el 6 de octubre de 2016, en el Trigésimo Noveno Periodo de Sesiones de la Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), celebrado del 27 de septiembre al 6 de octubre de 2016, en la ciudad de Montreal, Canadá.
[INT-PRT-L-N1108] Bolivia: Protocolo Nº L-N1108, 5 de octubre de 2018
Protocolo relativo a una enmienda al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

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