Artículo 1°.- Se declara de prioridad nacional, el proyecto de creación de la ciudad Universitaria “Gabriel René Moreno” en todo el área de sus terrenos señalados por oficinas del Plan Regulador, comprendidas en la U. V. 32 del plano de la cidudad de Santa Cruz, cuyos límites son: Al norte, con Av. Busch; al Sud, Av. Universidad; al Este, Av. 26 de Febrero, y al Oeste, con el 3° Anillo de Circunvalación con una superficie de 589.346 m2, adicionales a los terrenos del Campus Universitario propios de su pertenencia.
Artículo 2°.- Se autoriza la contratación y financiamiento nacional o extranjero, a la U. A. G. R. M., con garantía del Estado por intermedio del Banco Central de Bolivia, con destino a la obra y construcción de la Ciudad Universitaria.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1108, 22 de septiembre de 1989 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ciudad universitaria Gabriel Rene moreno. Declárese de prioridad nacional el proyecto de su creación | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1989 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1108 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Leopoldo Fernández Ferreira, SENADOR SECRETARIO.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspiñeiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Eduardo Garcia Suárez, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Dr. Mariano Baptista Gumucio, MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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