Bolivia: Ley Nº 235, 31 de diciembre de 1962

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Provincia “Gualberto Villarroel” con territorios disgregados de la provincia Aroma, cuyos limites serán por el Norte el río Desaguadero, por el Sud y el Este el departamento de Oruro y por el Oeste la provincia Pacajes del Departamento de La Paz.

Artículo 2°.- La nueva provincia comprenderá tres secciones municipales, cuyas capitales serán: capital de la provincia y la primera sección, San Pedro de Curahuara, con jurisdicción sobre los cantones de Puerto Castrillo y Chilaguala y las poblaciones de Villa Manquire, Jancomarca, Pedro Domingo Murillo, Jalsuri y Conchari; capital de la segunda sección será “Papel Pampa” con jurisdicción sobre cantones de Mollobamba, Unopata y Cira Cruzani y las poblaciones: Pacollo, Tolapata, Escalona, Ribera- Alta, Caylla-Churo y San José; capital de la tercera sección será Chacarilla, con jurisdicción sobre el cantón Rosa Pata y la población de Puerto Aroma. Todas las poblaciones mencionadas adquieren la categoría con que se las nombra en el presente artículo.

Artículo 3°.- La demarcación territorial de la nueva provincia “Gualberto Villarroel” del departamento de La Paz, correrá a cargo del Instituto Geográfico Militar de acuerdo a lo previsto por el Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 14 de diciembre de 1962.
Fdo. Federico Fortún Sanjines, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Ciro Humbolt, Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Germán Gutiérrez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los treintiún días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y dos años

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 235, 31 de diciembre de 1962
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCrea la Provincia Gualberto Villarroel, en la Provincia Aroma
KeywordsLey, diciembre/1962
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=235
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Federico Fortún Sanjines, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Ciro Humbolt, Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Germán Gutiérrez, Diputado Secretario.
ContribuidorDeveNet.net
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

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