Artículo Único.- En ejercicio de la atribución conferida en el Artículo 59°, numeral 5), de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito Suplementario 2742 - 1 - BO, suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (AIF), por un monto de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG'S 4.800.000.-) destinados a financiar el Proyecto Nacional de Administración de Tierra.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2307, 20 de diciembre de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruebase al convenio de to suplementario 2742-1-bo, suscrito con AIF por degs 4.800.000.-, destinados a financiar el proyecto nacional de administración de tierra | ||||
Keywords | Ley, diciembre/2001 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2307 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Enrique Toro Tejada, Luís Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca González, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luis Lupo Flores, Jacques Trigo Loubiere, Ramiro Cavero Uriona, Walter Núñez Rodríguez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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