Bolivia: Ley Nº 229, 13 de diciembre de 1962

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la tercera sección municipal de la provincia Nor Yungas, del departamento de La Paz, cuya capital será Caranavi.

Artículo 2°.- La jurisdicción de la nueva sección municipal comprenderá los siguientes cantones: Choro, Santa Ana, Taipiplaya, Santa Fe, Alcoche, Villa Elevación, Incahuara de Ckullu Ckuchu, Carrasco, Santa Ana de Alto Beni, Suapi, Uyunense e Inicua; debiendo fijar los límites el Instituto Geográfico Militar, conforme al artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 28 de noviembre de 1962.
Fdo. Federico Fortún Sanjines, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Eduardo Ochoa, Senador Secretario; Germán Gutiérrez Diputado Secretario; Jorge Orozco Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y dos años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 229, 13 de diciembre de 1962
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCrea la tercera sección municipal de la Provincia nor yungas de La Paz
KeywordsLey, diciembre/1962
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=229
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Federico Fortún Sanjines, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Eduardo Ochoa, Senador Secretario; Germán Gutiérrez Diputado Secretario; Jorge Orozco Diputado Secretario.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

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