Artículo 1°.- Se amplía los mandatos y suspensiones prescritas en la Ley Nº 2106, de 29 de junio de 2000, por diez meses que correrán a partir del 1° de enero a octubre del presente año.
Artículo 2°.- El Juez Registrador de Derechos Reales de Tarija, coordinará y cooperará en todo lo que corresponde a su competencia, con el objeto de agilizar la labor encomendada a la Comisión Técnico - Legal - Administrativa, durante el período de vigencia de esta Ley.
Artículo 3°.- Se otorga amplias facultades a la Comisión Técnico - Legal - Administrativa para concertar el deslinde definitivo de los terrenos de propiedad del Gobierno Municipal y de la Prefectura del Departamento de Tarija con la familia Moreno Brown.
Artículo 4°.- Las entidades públicas que conforman la Comisión Técnico - Legal- Administrativa deben otorgar presupuesto para la ejecución de los trabajos señalados en la Ley Nº 2106 y la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2270, 22 de noviembre de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se amplía los mandatos y suspensiones prescritas en la Ley N° 2106, de 29 de junio de 2000 | ||||
Keywords | Ley, noviembre/2001 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2270 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Rubén E. Poma Rojas, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Magín Roque Humerez. Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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