Artículo 1°.- Autorizar a la Prefectura de Cochabamba la enajenación de sus acciones telefónicas en beneficio de la Cooperativa Mixta de Teléfonos Cochabamba Ltda. - COMTECO, por un valor de SEISCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS 00/100 ($US. 600.000.00), monto que deberá ser transferido a la Administración del nuevo Hospital Viedma, con destino exclusivo a la adquisición de equipos y bienes mediante licitación pública.
Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda deberá consignar un presupuesto adicional, incorporando el importe de la venta de las indicadas acciones, a las partidas de ingreso y egresos, para la transferencia de los recursos a la administración del nuevo Hospital Viedma.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2046, 24 de enero de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorizar a la Prefectura de Cochabamba la enajenación de sus acciones telefónicas en beneficio de la Cooperativa Mixta de teléfonos de Cochabamba Ltda | ||||
Keywords | Ley, enero/2000 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2046 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez, Jorge Sensano Zárate, Félix Sánchez Veizaga. Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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