Artículo Único.- De conformidad al Artículo 59°, Atribución 5º de la Constitución Política del Estado, apruébase la suscripción del Convenio de Crédito Nº 273, realizado entre la República de Bolivia y el Fondo Nórdico para el Desarrollo el 2 de noviembre de 1998 en la ciudad de La Paz, por un monto de DOS MILLONES DE DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG 2.000.000.-), destinado a financiar el “Programa de Apoyo a la Política de Vivienda”, que será ejecutado por el Viceministro de Vivienda y Asentamientos Humanos, institución bajo la tuición del Ministerio de Vivienda y Servicios Básicos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2005, 2 de septiembre de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébase la suscripción del Convenio de Crédito N° 273, realizado con el Fondo Nórdico para el Desarrollo por DEG 2.000.000.-, destinado a financiar el "Programa de Apoyo a la Política de Vivienda" | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1999 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2005 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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