Bolivia: Ley Nº 1839, 6 de abril de 1998

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se eleva a rango de Ley el Decreto Supremo Nº 14057 de 25 de octubre de 1976 en sus cuatro artículos, formando parte integrante del mismo Decreto Supremo el Reglamento Especial de Ventas de Terrenos en el Parque Industrial “Ramón Dario Gutiérrez” de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, aprobado mediante Resolución Suprema No 181574 de 22 de abril de 1997.

Artículo 2°.- Autorízase, a la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, Proceder a la venta real y enajenación perpetua de terrenos ubicados en las manzanas 25, 26, 28-A, 28-C, 28-D, 29, 31-A, 32, 33-A, 33-B, 33-C, 33-D y 33-E, de la UV. 71 que pertenecen al Parque Industrial y las manzanas P.I. 35-A, 35-B, 36, 43, 48 y U.V. 79-A determinada por las coordenadas 1) X = 486.121 + Y 8.039.949, 2) X = 486.292 + Y = 8.039, 845 3) X = 485.834 + Y = 8.039.082, 4) X= 485.663 + Y = 8.039.186, a favor de los vivientes de las mencionadas manzanas y que pertenecen' también al Parque Industrial, pasando a jurisdicción y control del Consejo del Plan Regulador en cuanto a los servicios públicos.

Artículo 3°.- Los precios para los terrenos ocupados con fines de vivienda son los, aprobados por el Directorio de la Ex-Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz de Bs. 32.- (TREINTA DOS 00/100 BOLIVIANOS) con mantenimiento de valores por metro cuadrado con el interés anual de DOCE POR CEENTO (12%) y con un plazo de CUATRO AÑOS, para la cancelación,


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Jhonny Plata Chalar.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.Santa Cruz de la Sierra, a los seis días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya, Ivo Ku1jis Futchner, Javier Escobar Salguero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1839, 6 de abril de 1998
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe eleva a rango de Ley el Decreto Supremo N° 14057 de 25 de octubre de 1976 en sus cuatro artículos, formando parte integrante del mismo Decreto Supremo el Reglamento Especial de Ventas de Terrenos en el Parque Industrial "Ramón Dario Gutiérrez" de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, aprobado mediante Resolución Suprema N° 183574 de 22 de abril de 1997
KeywordsLey, abril/1998
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1839
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Jhonny Plata Chalar. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya, Ivo Ku1jis Futchner, Javier Escobar Salguero.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-L-2249] Bolivia: Ley Nº 2249, 21 de septiembre de 2001
Modifícase el Artículo Segundo de la Ley 1839, de 6 de abril de 1998 (Terreno - Santa Cruz)
[BO-L-2544] Bolivia: Ley Nº 2544, 4 de noviembre de 2003
Modificaciones y complementaciones del Artículo Tercero de la Ley N° 1839 de 6 de abril de 1998 (Terrenos con fines de vivienda)

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