Artículo 1°.- Créase el Cantón Chullchucani, en la Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí, comprendiendo dentro la nueva jurisdicción a las comunidades: Leche Huira, Parantaca, Candelaria, Pati Pati, Samasa Baja, Teja Tambo, Gran Peña, Karachi Pampa, Jesús Valle, Chiutara, Palca Mayu, Samasa Alta y Cala Cala.
Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el Cantón Tinquipaya de la Provincia Tomás Frías; al Sur, con el Cantón Concepción de la Provincia Tomás Frías y el Cantón Chaqui de la Provincia Cornelio Saavedra; al Este, con el Cantón Huari Huari y al Oeste, con el Cantón Tarapaya de la Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí.
Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el artículo 6° del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1850, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1529, 31 de enero de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón Chullchucani, créase en la Provincia Tomás Frías, Potosí | ||||
Keywords | Ley, enero/1994 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1529 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Andrés Soliz Rada, Senador Secretario.- H. Guido R, Capra Jemio, Senador Secretario.- H. Eudoro Galindo Anze, Diputado Secretario.- H. Raúl Tovar Piérola, Diputado Secretario. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Germán Quiroga Gómez, Ministro de Gobierno.- Dr. Antonio Céspedes Toro, Ministro de Defensa Nacional. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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