Artículo 1°.- Créase la TERCERA SECCIÓN MUNICIPAL AUCAPATA, en la jurisdicción de la provincia Muñecas del departamento de La Paz, comprendiendo dentro de su jurisdicción el cantón Pusillani.
Artículo 2°.- Los límites de la nueva creación son: al Norte, con la Primera Sección Municipal Charazani de la provincia Bautista Saavedra; al Sud, con la Tercera Sección Municipal Tacacoma de la provincia Larecaja, al Este, con la Segunda Sección Municipal Pelechuco de la provincia Franz Tamayo y al Oeste, con la Segunda Sección Municipal Ayata de la provincia Muñecas.
Artículo 3°.- De conformidad con el Art. 6to del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar los planos respectivos y fijar los hitos correspondientes.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1427, 11 de febrero de 1993 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Sección municipal 3a. Créase la tercera en la Provincia muñecas, La Paz, con su capital Aucapata | ||||
Keywords | Ley, febrero/1993 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1427 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración, Justicias y Defensa Social. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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