Bolivia: Ley Nº 1404, 18 de diciembre de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CENTRO INTEGRADO DE EDUCACION DE ADULTOS Y NO FORMAL “JUAN JUSTO ARANO”.- Transfiérese los galpones del Banco Minero en Tupiza, destinado a su funcionamiento.
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza al Poder ejecutivo, la transferencia con carácter gratuito, del inmueble (galpones) de propiedad del Banco Minero de Bolivia ubicado en la Avenida Sud Chichas del departamento de Potosí, a favor del Ministerio de Educación y Cultura, con destino al funcionamiento del Centro Integrado de educación de Adultos y No Formal “JUAN JUSTO ARANO”, dependiente de la Dirección Regional de Educación Urbana de Tupiza.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional
La Paz, 8 de diciembre de 1992
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Arturo Liebers Baldivieso, Diputado Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Pablo Zegarra A., Ministro de finanzas.- Profa. Olga Saavedra de Querejazu, Ministra de Educación y Cultura.- Ing. Alvaro Rojas Villarroel, Ministro de Minería y Metalurgia

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1404, 18 de diciembre de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCentro integrado de educación de adultos y no formal Juan Justo Arano. Transfiérese los galpones del banco minero en Tupiza, destinado a su funcionamiento
KeywordsLey, diciembre/1992
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1404
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Arturo Liebers Baldivieso, Diputado Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Pablo Zegarra A., Ministro de finanzas.- Profa. Olga Saavedra de Querejazu, Ministra de Educación y Cultura.- Ing. Alvaro Rojas Villarroel, Ministro de Minería y Metalurgia
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Referencias a esta norma

[BO-L-3871] Bolivia: Ley Nº 3871, 26 de mayo de 2008
Modifica el Artículo Único de la Ley N° 1404 de 18 de diciembre de 1992, autorizando al Poder Ejecutivo la transferencia, a título oneroso, del inmueble de propiedad del ex Banco Minero de Bolivia, ubicado en la calle Suipacha s/n de la ciudad de Tupiza, Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, a favor de la Alcaldía Municipal de Tupiza y con destino al funcionamiento del Centro Integrado de Educación de Adultos y No Formal "Juan Justo Arano"

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