Artículo 1°.- Créase el cantón Ichalula en la jurisdicción de la provincia Ladislao Cabrera del departamento de Oruro, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las comunidades: Ichalula, Parapa, Chiucha, Chiñijaque, Vinto, Challviri.
Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al norte, con la 2da. sección municipal Pampa Aullagas de la provincia Ladislao Cabrera Oruro; al sur, con el departamento de Potosí; a este, con la provincia Sebastián Pagador del departamento de Oruro y al Oeste, con el cantón Aroma de la provincia Ladislao Cabrera del departamento de Oruro.
Artículo 3°.- De conformidad con lo dispuesto por el Art. 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar la delimitación y fijar los hitos correspondientes.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1307, 17 de febrero de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón Ichalula. Créase en la Provincia Ladislao Cabrera, Oruro | ||||
Keywords | Ley, febrero/1992 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1307 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS- H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. WALTER ALARCON ROJAS Diputado Secretario - H. RAMIRO ARGANDOÑA VALDEZ Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - CARLOS SAAVEDRA BRUNO Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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