Bolivia: Ley Nº 1291, 30 de octubre de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CARRETERA SANTA CRUZ - TRINIDAD. Apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito en Montevideo el 5 de julio de 1991, por la suma de $us. 9.700.000, para financiar el proyecto de Pavimentación.
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59°, atribución 5º de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata el día 5 de julio de 1991, en Montevideo - Uruguay, por la suma de hasta NUEVE MILLONES SETECIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 9.700.000) destinados a financiar el Proyecto de Pavimentación de la Carretera Santa Cruz - Trinidad, por el Servicio Nacional de Caminos.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de octubre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS - H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario - H. WALTER ALARCON ROJAS Diputado Secretario - H. ARTURO LIEBERS BALDIVIESO Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de octubre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - MARIO REQUENA P. Ministro a.i. de Planeamiento y Coordinación - WILLY VARGAS VACAFLOR Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1291, 30 de octubre de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCarretera Santa Cruz - Trinidad. Apruébase el contrato de préstamo, suscrito en Montevideo el 5 de Julio de 1991, por la suma de $us. 9.700.000, para financiar el proyecto de pavimentación
KeywordsLey, octubre/1991
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1291
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS - H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario - H. WALTER ALARCON ROJAS Diputado Secretario - H. ARTURO LIEBERS BALDIVIESO Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - MARIO REQUENA P. Ministro a.i. de Planeamiento y Coordinación - WILLY VARGAS VACAFLOR Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

Referencias a esta norma

[BO-L-N1291] Bolivia: Ley Nº 1291, 27 de marzo de 2020
Declara Patrimonio Cultural e Histórico del Estado Plurinacional de Bolivia, a la “Batalla de Aroma”, suscitada el 14 de noviembre de 1810 en los Campos de Aroma, Municipio de Sica Sica, Provincia Aroma del Departamento de La Paz.

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