Bolivia: Ley Nº 1265, 30 de septiembre de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la SEPTIMA SECCION MUNICIPAL con su capital BOYUIBE en la jurisdicción de la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz y su Cantón la Ele.

Artículo 2°.- Los límites de la nueva creación son: Al Norte y al Este, con la Segunda Sección Municipal - Charagua; al Oeste, con la Cuarta Sección Municipal - Cuevo, todos de la Provincia Cordillera y al Sud, con la Provincia Luis Calvo del Departamento de Chuquisaca.

Artículo 3°.- De conformidad con el Art. 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar los planos respectivos y fijar los hitos correspondientes.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS - H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario - H.ARTURO LIEBERS BALDIVIESO Diputado Secretario - H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - CARLOS SAAVEDRA BRUNO Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1265, 30 de septiembre de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSección municipal 7a. Créase en la Provincia cordillera de Santa Cruz, con capital Boyuibe, y su cantón
KeywordsLey, septiembre/1991
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1265
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS - H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario - H.ARTURO LIEBERS BALDIVIESO Diputado Secretario - H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - CARLOS SAAVEDRA BRUNO Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-N1265] Bolivia: Ley Nº 1265, 7 de noviembre de 2019
Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie total de 11.719,42 m², más su mejora, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari, ubicado en el centro urbano San Francisco Km 21, Manzano Nº 040, Predio 02, del Municipio de Villa Tunari, Provincia Chapare del Departamento de Cochabamba; a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, con destino al funcionamiento, administración y operación del Instituto Tecnológico “Presidente Evo Morales Ayma”, de conformidad a la Ley Municipal Nº 023/2017 de 27 de abril de 2017, emitida el por el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari.

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