Bolivia: Ley Nº 1260, 12 de septiembre de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase, el Cantón “Lagunas”, en la jurisdicción de la provincia Sajama del Departamento de Oruro, comprendido bajo su jurisdicción a las comunidades: TAIPIHUTA Y JILAHUTA COLLANA.

Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el cantón Sajama; al Sud, con el cantón Chachacomani; al Este, con el cantón Cosapa y al Oeste con la República de Chile.

Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad con el art. 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones correspondientes y fijar los hitos respectivos.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS - H. ELENA CALDERON DE ZULETA - Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario - H. WALTER ALARCON ROJAS - Diputado Secretario - H.WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - CARLOS SAAVEDRA BRUNO Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1260, 12 de septiembre de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón lagunas. Créase en la Provincia sajama de Oruro
KeywordsLey, septiembre/1991
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1260
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS - H. ELENA CALDERON DE ZULETA - Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario - H. WALTER ALARCON ROJAS - Diputado Secretario - H.WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - CARLOS SAAVEDRA BRUNO Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-N1260] Bolivia: Ley Nº 1260, 25 de octubre de 2019
Aprueba el Convenio de Crédito N° CBO 1027 01 J “Fortalecimiento de la Política de Transición Energética en Bolivia”, suscrito en fecha 5 de septiembre de 2019, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Agencia Francesa de Desarrollo – AFD, por un monto de hasta EUR90.000.000, destinados a cumplir con lo establecido en el mencionado Convenio de Crédito, para apoyo presupuestario.

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