Artículo 1°.- Créase el Cantón CHUA COCANI, en la jurisdicción de la provincia Omasuyos del departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las comunidades: CHUA COCANI, CHUA QUELANI, JICHUPATA, MARCA CHUA, CALUYO y JANKHO KALA.
Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el cantón Achacahi; al Sud, con el Lago Titicaca; al Este, con el cantón Huatajata y al Oeste con el cantón Janco Amaya; todos de la provincia Omasuyos.
Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Art. 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1242, 22 de marzo de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Créase el Cantón Chua Cocani, en la Provincia Omasuyos, Departamento La Paz | ||||
Keywords | Ley, marzo/1991 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1242 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario - H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministerio del Interior, Migración y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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