Bolivia: Ley Nº 1227, 3 de enero de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONTRATOS CON EL BID. Apruébanse los Préstamos suscritos en La Paz, el 30 de noviembre de 1990, por $us. 40 y 20 millones, destinados al Programa Global de Crédito Regional para el Desarrollo Urbano y Saneamiento (PRODURSA)
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 5ta. De la Constitución Política del Estado, apruébanse los Contratos de Préstamo, suscritos entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el día 30 de noviembre del presente año en la ciudad de La Paz, por la suma de: El Primero por CUARENTA MILLONES DE DOLARES AMERICANOS ($us. 40.000.000), provenientes del Fondo para Operaciones Especiales del BID, ambos préstamos están destinados a financiar el Programa Global de Crédito Regional para el Desarrollo Urbano y Saneamiento (PRODURSA).


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente H. Cámara de Diputados - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario - H. Julio Mantilla Cuéllar, Diputado Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de enero de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Enrique García Rodríguez, Ministro de Planeamiento y Coordinación

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1227, 3 de enero de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioContratos con el BID. Apruébanse los Préstamos suscritos en La Paz, el 30 de noviembre de 1990, por $us. 40 y 20 millones, destinados al Programa Global de Crédito Regional para el Desarrollo Urbano y Saneamiento (PRODURSA)
KeywordsLey, enero/1991
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1227
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente H. Cámara de Diputados - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario - H. Julio Mantilla Cuéllar, Diputado Secretario Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Enrique García Rodríguez, Ministro de Planeamiento y Coordinación
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

Referencias a esta norma

[BO-L-N1227] Bolivia: Ley Nº 1227, 23 de septiembre de 2019
LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 247 MODIFICADO POR LA LEY N° 803 Y LA LEY N° 915 DE REGULARIZACIÓN DEL DERECHO PROPIETARIO SOBRE BIENES INMUEBLES URBANOS DESTINADOS A VIVIENDA.
[BO-DS-N4273] Bolivia: Reglamento a la Ley de Regularización del Derecho Propietario de Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Vivienda, DS Nº 4273, 26 de junio de 2020
REGLAMENTO A LA LEY DE REGULARIZACIÓN DEL DERECHO PROPIETARIO DE BIENES INMUEBLES URBANOS DESTINADOS A VIVIENDA.

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