Bolivia: Ley Nº 1213, 5 de diciembre de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el Cantón “SONCACHI” en la jurisdicción de la Provincia Omasuyos del departamento de La Paz, con capital Soncachi, con límites al Norte con el Cantón Achacachi al Sur con el Lago Titicaca, al Este con el Cantón Huatajata.

Artículo 2°.- El nuevo Cantón comprende las comunidades campesinas de Soncachi Grande, Soncachi Chico, Corpachilaya y Lacachi que pertenecen al Cantón Huatajata.

Artículo 3°.- En conformidad con el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar


la demarcación, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veintiseis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa años.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Leopoldo López Cossío, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario - H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Lic. Guillermo Capobianco Ribera, Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1213, 5 de diciembre de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón Soncachi. Créase en la Provincia Omasuyos , La Paz
KeywordsLey, diciembre/1990
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1213
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Leopoldo López Cossío, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario - H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado Secretario Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Lic. Guillermo Capobianco Ribera, Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-N1213] Bolivia: Ley Nº 1213, 15 de agosto de 2019
Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 18.690,33 metros cuadrados (m²), fracción de una superficie de 4.6800 Hectáreas, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Villarroel, ubicado en la avenida Transversal y la calle Morochata, Lote N° 1 “área de equipamiento”, Zona 5, Manzano 351, Distrito Municipal N° 6, ciudad de Ivirgarzama del Municipio de Puerto Villarroel, Provincia José Carrasco del Departamento de Cochabamba; a favor de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados – EBA, con destino a la construcción de la Planta Procesadora de Lácteos en el Trópico de Cochabamba, de conformidad a la Ley Municipal N° 108 de 4 de abril de 2019, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Villarroel.

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