Bolivia: Ley Nº 1167, 3 de julio de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONVENIO CON EL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL DE ESPAÑA. Apruébase el de Crédito suscrito por $us 3.4 millones, autorizado por el Decreto Supremo Nº 22211, de 2 de junio de 1990.
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Aprobar el Convenio de Crédito de 8 de junio de 1989, suscrito entre el Gobierno de España, representado por el Instituto de Crédito Oficial de España y el Gobierno de Bolivia representado por el Banco Central de Bolivia, por el cual España otorgó un préstamo de $us 3.400.000 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), autorizando mediante Decreto Supremo Nº 22211, de 2 de junio de 1989.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiún días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Eduardo García Suárez, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Carlos Iturralde Ballivián, MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.- Hector Ormachea Peñaranda, MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1167, 3 de julio de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConvenio con el instituto de crédito oficial de España. Apruébase el de crédito suscrito por $us 3.4 millones, autorizado por el d.s. 22211, de 2 de junio de 1990
KeywordsLey, julio/1990
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1167
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Eduardo García Suárez, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Carlos Iturralde Ballivián, MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.- Hector Ormachea Peñaranda, MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22211] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22211, 2 de junio de 1989
Se aprueba el crédito concedido por el Gobierno del Reino de España a la República de Bolivia

Referencias a esta norma

[BO-L-N1167] Bolivia: Ley Nº 1167, 18 de abril de 2019
11 DE ABRIL DE 2019.- Ratifica la “Convención Conjunta sobre Seguridad en la Gestión del Combustible Gastado y sobre Seguridad en la Gestión de Desechos Radiactivos”, aprobada el 5 de septiembre de 1997 en una Conferencia Diplomática convocada por el Organismo Internacional de Energía Atómica, celebrada del 1 al 5 de septiembre de 1997 en su Sede, Viena, República de Austria.

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