Bolivia: Decreto Supremo Nº 22211, 2 de junio de 1989

DECRETO SUPERMO Nº 22211
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Gobierno del Reino de España ha acordado en 27 de septiembre de 1988 conceder al país, dentro el marco de cooperación y amistad con el Gobierno boliviano, un crédito hasta la suma de US$.3.400.000 con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo FAD, destinado a financiar exportaciones de bienes a Bolivia;
  • Que el Banco Central de Bolivia y el Instituto de Crédito Oficial de España, ICO, deben suscribir como agentes financieros de sus gobiernos en convenio pertinente, a fin que el crédito acordado por el Gobierno español se viabilice y opere.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se aprueba el crédito concedido por el Gobierno del Reino de España a la República de Bolivia, en 27 de septiembre de 1988, por la cantidad de TRES MILLONES CUATROCIENTOS mil 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$.3.400.000.-), con destino a la compra de bienes y pago de servicios españoles con tasa de interés del 3 por ciento anual y plazo de diez años, incluidos tres años de gracia.

Artículo 2°.- Autorízase al Banco Central de Bolivia suscribir, en su calidad de agente financiero del Gobierno boliviano, el correspondiente convenio de crédito con el Instituto de Crédito Oficial de España y establecer el mecanismo bancario que viabilice la utilización del crédito así como el servicio de las obligaciones emergentes.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Finanzas, y Planeamiento y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de junio de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESSTENSORO, Valentín Abecia Valdiviezo, Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Candia Min. Planeamiento y Coordinación a. i., Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Herman Antelo Laughlin, Walter Zuleta Roncal, Jaime Zagada Hurtado.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22211, 2 de junio de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba el crédito concedido por el Gobierno del Reino de España a la República de Bolivia
KeywordsGaceta 1600, 1989-06-09, Decreto Supremo, junio/1989
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18498
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1600 - Publicado el: 1989-06-09, 1989.lexml
CreadorFdo. VICTOR PAZ ESSTENSORO, Valentín Abecia Valdiviezo, Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Candia Min. Planeamiento y Coordinación a. i., Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Herman Antelo Laughlin, Walter Zuleta Roncal, Jaime Zagada Hurtado.
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PublicadorDeveNet.net

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Referencias a esta norma

[BO-L-1167] Bolivia: Ley Nº 1167, 3 de julio de 1990
Convenio con el instituto de crédito oficial de España. Apruébase el de crédito suscrito por $us 3.4 millones, autorizado por el d.s. 22211, de 2 de junio de 1990

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