Bolivia: Ley Nº 1162, 20 de junio de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONTRATO CON EL BID. Apruébase el Préstamo suscrito en Montreal el 30 de marzo de 1990, por $us 51.2 millones, destinado a financiar el Programa Global de Crédito Agropecuario.
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59 atribución 5ta. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el día 30 de marzo del presente año en la ciudad de Montreal, Canadá por la suma de CINCUENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS ($us 51.200.000, 00.-) destinados a financiar el Programa Global de Crédito Agropecuario.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspineiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Enrique García Rodríguez, MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN.- Mauro Bertero Gutiérrez, MINISTRO DE ASUNTOS CAMPESINOS Y AGROPECUARIOS.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1162, 20 de junio de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioContrato con el BID. Apruébase el préstamo suscrito en Montreal el 30 de marzo de 1990, por $us 51.2 millones, destinado a financiar el programa global de crédito agropecuario
KeywordsLey, junio/1990
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1162
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspineiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Enrique García Rodríguez, MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN.- Mauro Bertero Gutiérrez, MINISTRO DE ASUNTOS CAMPESINOS Y AGROPECUARIOS.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

Referencias a esta norma

[BO-L-N1162] Bolivia: Ley Nº 1162, 18 de abril de 2019
11 DE ABRIL DE 2019.- Ratifica el “Tratado sobre la Prohibición de las Armas Nucleares”, adoptado el 7 de julio de 2017 en la Conferencia de las Naciones Unidas para negociar un instrumento jurídicamente vinculante que prohíba las armas nucleares y conduzca a su total eliminación, celebrada en Nueva York, Estados Unidos de América, del 27 al 31 de marzo y del 15 de junio al 7 de julio de 2017, y suscrito el 16 de abril de 2018 por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia.

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