Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59, atricución 5º, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el día 12 de diciembre de 1989, en la ciudad de Washington D. C., por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL DOLARES AMERICANOS ($us 34.680.000, 00) destinados a fortalecer los programas del Fondo Social de Emergencia.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1142, 28 de febrero de 1990 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Contrato con el BID. Apruébase el de préstamo suscrito el 12 de diciembre de 1988 por $us 34.680.000. Para fortalecimiento del fondo social de emergencia | ||||
Keywords | Ley, febrero/1990 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1142 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspineiro, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- David Blanco Zabala, MINISTRO DE FINANZAS.- Enrique Garcia Rodriguez, MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.