Artículo 1°.- Declárase de prioridad y necesidad regionales la construcción de la carretera entre las poblaciones de Chuquichambi - Andamarca - Aroma - Salinas de Garci Mendoza del departamento de Oruro.
Artículo 2°.- Encomiéndase a la Corporación de Desarrollo de Oruro la elaboración del estudio de factibilidad técnico - económico y diseño final de la carretera, en coordinación con el Servicio Nacional de Caminos.
Artículo 3°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a tramitar, ante organismos nacionales y/o internacionales, el financiamiento necesario para los estudios de factibilidad y diseño final así como para la construcción de la carretera.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1139, 13 de febrero de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Carretera Chuquichambi-Andamarca - Aroma - Salinas de Garci Mendoza. Declárase de prioridad regional su construcción, en Oruro | ||||
Keywords | Ley, febrero/1990 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1139 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Armando De la Parra Soria, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Lic. Willy Vargas Vacaflor, MINISTRO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES.- Arq. Jorge Urquidi Barrau, MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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