Bolivia: Ley Nº 1086, 21 de febrero de 1989

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el Cantón “TACORA”, en la jurisdicción de la Provincia Antonio Quijarro del Departamento de Potosí, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción político - administrativa a las comunidades: CAHUAYA, WICHACA, TASTACA, UMACTATA, JAMACHUMAYA, JANCOYO, PATAJARA, LLAPA GRANDE, LLAPA CHICO, ESTACION YURA Y TAIPUMA.

Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción político - administrativa: son: al Norte, con el Cantón Coroma; al Sur, con el Cantón Yura; al Este con el Cantón Porco y al Oeste con el Cantón Tomave

Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con el Art. 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, efectuará las delimitaciones y fijará los hitos respectivos.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, al primer día del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1086, 21 de febrero de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón Tacora. Créase en la Provincia Antonio Quijarro, Potosí
KeywordsLey, febrero/1989
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1086
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-N1086] Bolivia: Ley Nº 1086, 20 de agosto de 2018
16 DE AGOSTO DE 2018.- Aprueba la enajenación, a título gratuito, de una fracción de lote de terreno con una superficie de 4.001,46 metros cuadrados (m²), de un total de 16.554,83 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, ubicado en la zona Este, Manzana 21, U.V. 198, del Municipio de Santa Cruz de la Sierra, Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz; a favor de la Agencia Boliviana de Energía Nuclear - ABEN, para la construcción del Centro de Medicina de Energía Nuclear y Radioterapia en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, de conformidad a la Ley Autonómica Municipal GAMSCS N° 869/2018, de 1 de junio de 2018, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra.

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