Bolivia: Ley Nº 1076, 21 de febrero de 1989

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el Cantón “VILLA SAN ANTONIO SIRARANI”, en la jurisdicción de la Provincia Inquisivi del departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción político - administrativa a las siguientes comunidades: CHACORI, ALTO SIRARANI, SACA SACA, REA REA, TOTORA, TARUJI, PAIRUMANI, KHALA LLUSTA Y PHARAHUI.

Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte con la Quinta Sección Municipal Ichoca; al Sud con la Quinta Sección Municipal Ichoca; al Este con el Cantón Cavari y al Oeste con la Quinta Sección Municipal Ichoca, todos en la jurisdicción de la provincia Inquisivi del departamento de La Paz.

Artículo 3°.- De acuerdo con el Art. 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar la delimitación y fijar los hitos correspondientes.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, al primer día del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1076, 21 de febrero de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón villa San Antonio Sirarani. Créase en la Provincia Inquisivi, La Paz
KeywordsLey, febrero/1989
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1076
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-N1076] Bolivia: Ley Nº 1076, 28 de junio de 2018
28 DE JUNIO DE 2018.- Aprueba la enajenación, a título gratuito, de una fracción de terreno con una superficie de 1.806,00 metros cuadrados (m²), de un total de 10.000,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Viacha, ubicado en Villa Salvador, del Municipio de Viacha, Provincia Ingavi del Departamento de La Paz; a favor del Servicio General de Identificación Personal – SEGIP, con destino exclusivo para la construcción de las Oficinas del Servicio General de Identificación Personal – SEGIP Viacha, de conformidad a la Ley Municipal N° 022/2017 de 28 de diciembre de 2017, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Viacha.

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