Bolivia: Ley Nº 1070, 21 de febrero de 1989

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el Cantón “ROSARIO ENTRE RIOS”, en la jurisdicción de la Provincia Nor Yungas del Departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las Comunidades: COLONIA EXALTACION, ENTRE RIOS, UNION BEREA, COPACABANA, WALDO BALLIVIAN, MAGALLANES, TUPAC KATARI, KANTUTANI Y UNION CAMACHO.

Artículo 2°.- Los Límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el Cantón Carrasco; al Sud, con el Cantón San Lorenzo; al Este, con la Provincia Sud Yungas y Oeste con el Cantón San Lorenzo de la Provincia Nor Yungas.

Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los un días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1070, 21 de febrero de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón rosario entre ríos. Créase en la Provincia nor yungas, La Paz
KeywordsLey, febrero/1989
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1070
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-N1070] Bolivia: Ley Nº 1070, 15 de junio de 2018
15 DE JUNIO DE 2018.- Aprueba la enajenación, a título gratuito, de una fracción de lote de terreno con una superficie de 5.456,35 metros cuadrados (m²), de un total de 14.675,25 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, ubicado en la Avenida Julio Méndez y Pasaje S/N de la zona de Achumani (Meseta de Achumani) del Municipio de La Paz, Provincia Murillo del Departamento de La Paz; a favor de la Agencia Boliviana de Energía Nuclear – ABEN, para la construcción del Centro de Medicina Nuclear y Radioterapia en la ciudad de La Paz, de conformidad a la Ley Municipal Autonómica N° 276/2017, promulgada el 28 de diciembre de 2017, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

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