Bolivia: Ley Nº 1036, 7 de diciembre de 1988

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Dispónese la transferencia del inmueble situado en la calle Jordán Nº E-136, de propiedad del Banco Central de Bolivia, actualmente desocupado y sin uso, a favor del Ministerio de Educación y Cultura, con destino al funcionamiento del Instituto Superior de Comercio Nº 2 de la ciudad de Cochabamba.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 7 de noviembre de 1988.
Fdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a siete días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- RAMIRO CABEZAS MASSES, Ministro de Finanzas.- ENRIQUE IPIÑA MELGAR, Ministro de Educación y Cultura.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1036, 7 de diciembre de 1988
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioInstituto superior de comercio de Cochabamba. Transfiérase el inmueble ubicado en la calle Jordán de Cochabamba, con destino a su funcionamiento
KeywordsLey, diciembre/1988
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1036
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- RAMIRO CABEZAS MASSES, Ministro de Finanzas.- ENRIQUE IPIÑA MELGAR, Ministro de Educación y Cultura.
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Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-DS-22200] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22200, 24 de febrero de 1989
Se aclara que la transferencia del inmueble de propiedad del Banco Central de Bolivia en favor del Ministerio de Educación y Cultura, dispuesta por Ley 1036 de 7 de diciembre de 1988.
[BO-L-N1036] Bolivia: Ley Nº 1036, 23 de marzo de 2018
21 DE MARZO DE 2018.- Aprueba el Contrato de Préstamo N° 4403/BL-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en fecha 13 de diciembre de 2017, por un monto de hasta $us40.000.000.-, para contribuir a la financiación y ejecución del “Programa Bolivia Resiliente frente a los Riesgos Climáticos”.

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