CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se aclara que la transferencia del inmueble de propiedad del Banco Central de Bolivia en favor del Ministerio de Educación y Cultura, dispuesta por Ley Nº 1036 de 7 de diciembre de 1988, se la efectuará a título oneroso, con intervención de la Contraloría General de la República conforme al Art.49 de la ley del Sistema de Control Fiscal.
Artículo 2°.- El valor del inmueble transferido será calculado en base al autoavaluo efectuado por el Banco Central al 31 de diciembre de 1987.
Artículo 3°.- El ministerio de Educación y Cultura consignará dentro de su presupuesto durante cinco gestiones a partir de 1990, cuotas partes iguales del monto total del valor del inmueble, para efectuar el correspondiente pago al Banco Central de Bolivia.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22200, 24 de febrero de 1989 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aclara que la transferencia del inmueble de propiedad del Banco Central de Bolivia en favor del Ministerio de Educación y Cultura, dispuesta por Ley 1036 de 7 de diciembre de 1988. | ||||
Keywords | Gaceta 1598, 1989-05-26, Decreto Supremo, febrero/1989 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8548 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1598 - Publicado el: 1989-05-26, 1989.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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