Bolivia: Ley Nº 1034, 8 de diciembre de 1988

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el Cantón RANCHO GRANDE, en la jurisdicción de la provincia Cercado del departamento de Oruro, con límites; al Norte con el Cantón Crucero de Belén de la provincia Cercado; al Sud con el Cantón El Choro de la provincia Cercado; al Este con el Cantón Machacamarca de la provincia Dalence y la provincia Poopó; al Oeste con el Cantón El Choro de la provincia Cercado. Todos del departamento de Oruro.

Artículo 2°.- La nueva jurisdicción comprende a las comunidades: Templejahuira, Taro, Japo, San Francisco de Calpaya, Kochi, Piacala, Ishuaya, Palquiri, Chinche-Rancho, Calpaya, Langera, Canllanipata y Lastaca.

Artículo 3°.- En conformidad con el artículo 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a ocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1034, 8 de diciembre de 1988
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón rancho grande. Créase en la Provincia cercado, Oruro
KeywordsLey, diciembre/1988
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1034
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-N1034] Bolivia: Ley Nº 1034, 23 de marzo de 2018
21 DE MARZO DE 2018.- Declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia, al tradicional Corso de las Tres Ciudadelas: Pampa de la Isla, Plan Tres Mil y Villa 1° de Mayo; como integrante de la “Fiesta Grande del Carnaval Cruceño” y como expresión viva de los valores culturales y tradiciones populares del Departamento de Santa Cruz.

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