Artículo 1°.- Créase el Cantón RANCHO GRANDE, en la jurisdicción de la provincia Cercado del departamento de Oruro, con límites; al Norte con el Cantón Crucero de Belén de la provincia Cercado; al Sud con el Cantón El Choro de la provincia Cercado; al Este con el Cantón Machacamarca de la provincia Dalence y la provincia Poopó; al Oeste con el Cantón El Choro de la provincia Cercado. Todos del departamento de Oruro.
Artículo 2°.- La nueva jurisdicción comprende a las comunidades: Templejahuira, Taro, Japo, San Francisco de Calpaya, Kochi, Piacala, Ishuaya, Palquiri, Chinche-Rancho, Calpaya, Langera, Canllanipata y Lastaca.
Artículo 3°.- En conformidad con el artículo 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1034, 8 de diciembre de 1988 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón rancho grande. Créase en la Provincia cercado, Oruro | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1988 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1034 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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