Bolivia: Ley Nº 1029, 17 de noviembre de 1988

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la QUINTA SECCION MUNICIPAL con su capital CAIROMA, en la jurisdicción de la provincia Loayza del departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción de los cantones: ASIENTO ARACA, TIENDA PATA, CAIROMA, SAYA Y KERAYA.

Artículo 2°.- Los límites de la nueva jursidicción son: al Norte, con el cantón Taca de la Provincia Sud Yungas; al Sud, con el cantón Porvenir de la provincia Loayza; al Este, con el cantón Choque Tanga de la provincia Inquisivi y al Oeste, con la provincia Murillo y cantón Sahapaqui de la provincia Loayza.

Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con el artículo 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. RAUL LEMA PATIÑO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a diecisiete días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1029, 17 de noviembre de 1988
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSección municipal 5a. Créase la quinta de la Provincia Loayza, La Paz
KeywordsLey, noviembre/1988
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1029
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. RAUL LEMA PATIÑO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-N1029] Bolivia: Ley Nº 1029, 15 de febrero de 2018
15 DE FEBRERO DE 2018.- Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble con una superficie de 15 hectáreas (ha), de propiedad del Banco Central de Bolivia – BCB, ubicado en la Región de Parco Pata, Distrito N° 8 del Municipio de El Alto, Provincia Murillo del Departamento de La Paz, a favor de la Agencia Boliviana de Energía Nuclear - ABEN, con destino exclusivo para la construcción del Centro de Investigación y Desarrollo en Tecnología Nuclear.

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