Artículo 1°.- Declárase de prioridad nacional, en materia deportiva, la construcción del Coliseo Deportivo de la ciudad de Cobija.
Artículo 2°.- Los estudios de factibilidad y la construcción de esta obra se ejecutará con cargo al Fondo de Desarrollo Regional, gestión 1989.
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría General de Deportes y Juventudes, realizará el estudio de factibilidad y la asignación de recursos respectivos en el Fondo de Desarrollo Regional, gestión 1989.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1023, 31 de octubre de 1988 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Coliseo deportivo en cobija. Declárese de prioridad nacional su construcción | ||||
Keywords | Ley, octubre/1988 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1023 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- WALTER HUMBERTO ZULETA R., Ministro Secretario General de la Presidencia de la República. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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