Bolivia: Ley Nº 1020, 19 de octubre de 1988

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el inciso 7° del artículo 59 de la Constitución Política del Estado y en razón del interés público que reviste, se autoriza a la Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier, de Chuquisaca, transferir, con carácter gratuito, 40.000 metros cuadrados de terreno que posee en la zona de Bajo Tucsupaya, en la ciudad de Sucre, en favor de la Universidad Andina “Simón Bolívar”.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 13 de octubre de 1988.
Fdo. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.- WALTER ALARCON ROJAS, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- LIC. FRANKLIN ANAYA VASQUEZ, Ministro de Asuntos Urbanos.- JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1020, 19 de octubre de 1988
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioUniversidad andina Simón Bolívar. Transfiérase terreno en la zona de bajo Tucsupaya de Sucre, en su favor
KeywordsLey, octubre/1988
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1020
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.- WALTER ALARCON ROJAS, Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- LIC. FRANKLIN ANAYA VASQUEZ, Ministro de Asuntos Urbanos.- JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

Referencias a esta norma

[BO-L-N1020] Bolivia: Ley Nº 1020, 27 de diciembre de 2017
27 DE DICIEMBRE DE 2017.- Se aprueban los Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental de La Paz de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros.Se aprueban los Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental de La Paz de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros.Se aprueban los Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental de La Paz de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros.

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