Artículo 1°.- Créase la QUINTA SECCION MUNICIPAL en la Jurisdicción de la Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz, con capital La Asunta, con límites al Norte con el Cantón San Miguel de Huachi y Palos Blancos de la Provincia Sud Yungas; al Sur con el Cantón Tacma de la Provincia Sud Yungas y Cantón Coroico de la Provincia Nor Yungas; al Este con el Departamento de Cochabamba, Provincia Ayopaya, y al Oeste con el cantón San Pedro y Taipiplaya de la Provincia Nor Yungas.
Artículo 2°.- La nueva jurisdicción comprende a los cantones La Asunta, Villa Barrientos, Las Mercedes, la Calzada, Chamaca, Yanamayo, Calisaya, Charía, San José, Cotapata, Huayaval y Puerto Rico.
Artículo 3°.- En conformidad con el Artículo 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar la demarcación, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1010, 20 de septiembre de 1988 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Sección municipal 5a. Créase la quinta de la Provincia sud yungas de La Paz, con capital la asunta | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1988 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1010 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. DR. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario. Fdo. Dr. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Ministro Del Interior, Migración Y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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