CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer el carácter de Empresa Pública Nacional Estratégica a la Empresa Naviera Boliviana, modificar la conformación de su Directorio y autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a efectuar un aporte de capital por cuenta del Estado Plurinacional de Bolivia a favor de dicha Empresa.
Artículo 2°.- (Empresa Pública Nacional Estratégica) Se otorga el carácter de Empresa Pública Nacional Estratégica - EPNE a la Empresa Naviera Boliviana cuya sigla es ENABOL.
Artículo 3°.- (Rol estratégico de ENABOL) ENABOL en representación del Estado Plurinacional de Bolivia tiene como objetivo principal y rol estratégico, la participación en toda la cadena del transporte naviero, así como de servicios portuarios, en el marco del desarrollo de los intereses marítimos, fluviales y lacustres y de la marina mercante, aplicando criterios de promoción del desarrollo social y económico del país, basado en la equidad y justicia social, primacía del interés nacional, eficacia y eficiencia económica y administrativa.
Artículo 4°.- (Inclusión en el Directorio)
Artículo 5°.- (Financiamiento) ENABOL financiará sus actividades, amparado en las normas legales aplicables, con:
Artículo 6°.- (Financiamiento para el Proyecto de Implementación del Empujador Fluvial [R/E] Multiproposito en el canal Tamengo e Hidrovia Paraguay - PARANA [transporte fluvial])
Artículo 7°.- (Autorización para traspaso presupuestario) Se autoriza al TGN afectar al grupo presupuestario 50000 “Activos Financieros”, para efectuar el traspaso presupuestario interinstitucional por el monto señalado en el Artículo precedente, a favor de ENABOL y efectivizar su asignación al Proyecto de Implementación del Empujador Fluvial (R/E) Multipropósito en el Canal Tamengo e Hidrovía Paraguay - Paraná (Transporte Fluvial)
Artículo 8°.- (Reglamento específico) A partir de la aprobación del presente Decreto Supremo y en un plazo máximo de veinte (20) días, ENABOL elaborará su reglamento específico de contrataciones, para su compatibilización por el Órgano Rector y posterior aprobación por su Directorio mediante resolución expresa.
Artículo abrogatorio Único.- Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 98, 29 de abril de 2009 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establece el carácter de Empresa Pública Nacional Estratégica a la Empresa Naviera Boliviana, modifica la conformación de su Directorio y autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a efectuar un aporte de capital por cuenta del Estado Plurinacional de Bolivia a favor de dicha Empresa. | ||||
Keywords | Gaceta 24NEC, 2009-04-30, Decreto Supremo, abril/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27501 | ||||
Referencias | Gaceta 24NEC,2009-04-30, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramon Quintana Taborga, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Nardy Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Velez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Hector E. Arce Zaconeta, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Luis Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia A. Ballivián Estenssoro MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO E INTERINA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luis Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callizaya, Jorge Ramiro Tapia Sainz, René Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Ivan Aguilar Gómez, Pablo César Groux Canedo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.